En el día de hoy diez (10) de julio del año dos mil seis (2006), siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 AM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, Oficina Principal, ubicada en la calle 77 (5 de Julio), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado ALFREDO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.737.846, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 34.969, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN que sigue la Sociedad Mercantil GUTIÉRREZ ESCALONA C.A., (GUTESCA), con Domicilio en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, e identificada en actas, en contra de la Sociedad Mercantil (POBAFERCA), PROYECTOS Y OBRAS FERNANDEZ C.A., identificada en actas. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana MARIA JOSE DIONISIO LABARCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.281.080, quien se identificó como GERENTE DE NEGOCIOS DE LA OFICINA, quien se encuentra asistida en este acto por el abogado LUIS ANDRÉS QUINTERO RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.862.853, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 103.111, adscrito a la Consultoria Jurídica del Banco. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado ALFREDO COLMENARES, antes identificado, expuso: “Señalo para ser embargado el saldo que posea la cuenta corriente No. 01160104990003936872, la cual pertenece a la parte demandada Sociedad Mercantil (PROBAFERCA), PROYECTOS Y OBRAS FERNANDEZ C.A., todo hasta cubrir el monto restante de la suma decretada por el Juzgado de la causa”. Acto seguido el Tribunal ordena a la notificada MARIA JOSE DIONISIO LABARCA, ya identificada, a informar a este Juzgado si existe en esta institución la cuenta corriente No. 01160104990003936872, señalada por la parte ejecutante, asimismo se ordena informe si la misma pertenece a la parte demandada Sociedad Mercantil (PROBAFERCA), PROYECTOS Y OBRAS FERNANDEZ C.A., y si posee saldo suficiente para cubrir la suma decretada por el juzgado de la causa. Acto seguido la notificada MARIA JOSE DIONISIO LABARCA, antes identificada, con la asistencia del abogado LUIS QUINTERO, ya identificado, expuso: “Si existe en esta institución la cuenta corriente No. 01160104990003936872, y la misma pertenece a la Sociedad Mercantil (POBAFERCA), PROYECTOS Y OBRAS FERNANDEZ C.A., y para este momento si posee saldo suficiente para cubrir la suma decretada por el juzgado de la causa. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 35.926.200), depositada en la cuenta No. 01160104990003936872, perteneciente a la parte demandada Sociedad Mercantil (PROBAFERCA), PROYECTOS Y OBRAS FERNANDEZ C.A. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadana MARIA JOSE DIONISIO LABARCA, antes identificada, a elaborar un cheque de gerencia a nombre del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por el monto embargado en este acto. Acto seguido la notificada MARIA JOSE DIONISIO LABARCA, antes identificada, con la asistencia del abogado LUIS QUINTERO, ya identificado, expuso: “Me doy por notificada de la medida ejecutada en este acto y desde ya impartiré ordenes para darle cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal”. Acto seguido el Tribunal deja constancia que recibe en este momento un cheque de gerencia, signado con el No. 03076668, de fecha de hoy, a nombre del Juzgado de la causa, por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 35.926.200), correspondiente a las cantidades de dinero embargadas preventivamente en esta actuación. Se ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 AM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA – GERENTE DE NEGOCIOS DE LA
OFICINA Y SU ABOGADO ASISTENTE


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO

ABOG. JOSE A SOTO ASPRINO