El día de hoy, 06 de julio del año Dos Mil seis, siendo las 11:45 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de PENSION DE ALIMENTOS, seguido por la Ciudadana: RUBY ASTRID GONZALEZ CARDENAS, Titular de la cedula de identidad N° V- 10.685.482 a favor de (l) los niño (s) y/o adolescentes: RAFAEL ALEJANDRO, NAOMI KATINA Y DIEGO ANDRES INFANTE GONZALEZ, en contra del ciudadano: RAFAEL ANTONIO RAMON INFANTE, Titular de la Cédula de Identidad N°V- 14.511.317 por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CIUDAD OJEDA y para lo cual fue Exhortado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio MARGARITA BELEN GONZALEZ, Titular de la cedula de identidad N° V-4.661.663 e inscrita en el inpreabogado bajo el N°34.616, se trasladó y constituyó este Organo Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa S & B TERRAMARINE SERVICE, C.A ubicada en La Avenida 41, con calle San Martín, detrás del C.C. Alen en Ciudad Ojeda municipio lagunillas del Estado Zulia.-