La Asunción, 11 de julio de 2006
196º y 147º
Revisadas las presentes actuaciones, se observa que en fecha 28 de agosto de 2001, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, ordeno la aprehensión del IMPUTADO OSCAR MATEO RODRÍGUEZ MONTAÑO, debido a la solicitud realizada por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico.
Ahora bien como quiera que no se ha materializado la orden de aprehensión en contra del referido imputado este Tribunal de Control Nº 02, ordena ratificar el oficio Nº 112, de fecha 28 de agosto de 2001, mediante el cual se remite boleta de Privación Judicial Preventiva de Libertad N° 452.
Líbrese Oficio al JEFE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS. DELEGACIÓN PORLAMAR.- Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en los artículos 179, 180 y 182, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la presente causa al Archivo Judicial. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2,
DR. EDUARDO CAPRI ROSAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LUISANDRA CAZORLA.
Causa Nº 2C-6503-1
EDR/Juan
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