REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 26 de julio de dos mil seis
196º y 147º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

ASUNTO : VP01-L-2006-000031
PARTE ACTORA: Abog. IRIS NAVA GALLARDO, Inpreabogado: 47.724.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil Lácteos Santa Bárbara C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: SORAYA CASTELLANO SARAVIA, Inpreabogado: 26.457.
De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente, se pudo constatar que en fecha 07 de junio de 2006, el ciudadano alguacil adscrito a este Circuito Judicial Laboral, realizó exposición en relación a la notificación de la empresa demandada en la dirección de la demandante; y, visto que en fecha 10 de mayo de 2006, se dictó auto dando respuesta a lo solicitado por la parte demandada; y, se ordenó a la parte actora que subsanara la demanda. Siendo así, el Tribunal en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso, REPONE la causa al momento de librar boleta de notificación dirigida a la demandante, contentiva de orden de subsanación, la cual expresa que la parte actora deberá indicar y discriminar con precisión, vale decir, de manera detallada y pormenorizada lo siguiente: 1º): ¿ Cómo obtuvo el salario normal diario? 2º): ¿ Cómo obtuvo el salario integral diario? las operaciones aritméticas de las cuales deriva la cantidad de dinero que de manera genérica indica (Bs. 186.759,16), 3º): Explicar a que se refiere cuando habla de RECARGO DE SOBRESUELDO , que utiliza como uno de los elementos que conforma el salario integral. 4º): Indicar con precisión ( día, mes y año) de cada una de las horas extras que alega haber laborado y que reclama; así como también de que manera obtuvo el monto reclamado por este concepto. 5º): Indicar con precisión cuantos y cuales son los días ( día, mes y año ) feriados que alega haber laborado y a que monto los reclama ¿ de donde obtuvo el monto de Bs. 1.999.999,88 ). Así se decide. Líbrense boletas a la parte actora.
La Juez.

Mgs. Judith del Carmen Castro
La Secretaria