ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000946
DEMANDANTES: RAFAEL DAVALILLO, MIRNA MEDINA, NERY RUIZ, YONEIDA LUGO, LILIBETH POZO, CRUZ SANCHEZ y YOLEIDA FERRER.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abog. AUDIO ROCCA TERUEL.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL INTEGRAL DE SERVICIOS C.A. (INSERCA).
APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INTEGRAL DE SERVICIOS C.A. (INSERCA).: Abog. CARLOS ACOSTA RIVERA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy doce (12) de julio de 2006, siendo las 03:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano Abogado CARLOS ACOSTA RIVERA, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la demandada Sociedad Mercantil INTEGRAL DE SERVICIOS C.A.

Vista la incomparecencia de los demandantes ciudadanos RAFAEL DAVALILLO, MIRNA MEDINA, NERY RUIZ, YONEIDA LUGO, LILIBETH POZO, CRUZ SANCHEZ y YOLEIDA FERRER, ni por si ni por medio de apoderado, suficientemente identificados en autos es por lo que, de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196° y 147°.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria

Abog. Maira Parra

El Apoderado de la parte demandada