JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA


Expediente No. 320-05
Admisión de Pruebas


Visto el anterior escrito de Promoción de Pruebas, constante de ocho (8) folios útiles, presentado el día de hoy, por la abogada DAVIANA CALDERON SALAZAR, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 11.949.304 inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.520., actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente LANCHAS ZULIANAS, COMPAÑÍA ANÓNIMA, en el COBRO DE CRÉDITOS FISCALES (Juicio Ejecutivo) intentado por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en contra de la expresada contribuyente, el Tribunal le da entrada y ordena agregarlo a las actas respectivas. Asimismo, este Tribunal pasa a resolver sobre su admisión en la siguiente forma:

PRIMERO: Se ADMITE la invocación del mérito favorable de las actas procesales, invocado en las promociones primera, segunda, tercera, cuarto quinta y sexta del escrito de pruebas de la demandada, dejando a salvo su valoración en la definitiva.

Publíquese. Regístrese. Déjese copia. Dado, firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en Maracaibo, a los nueve (9) días del mes febrero de 2006. Año 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

El Juez

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista La Secretaria

Yusmila Rodríguez
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se agregó el escrito de Promoción de Pruebas.
La Secretaria

Yusmila Rodríguez R.

Resolución No. _______-2006.
Exp. 320-05
RLB/donald