REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 06 de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO: OP02-L-2005-000306
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
Parte Actora: Anchela Mollo
Apoderado por la Abg. Rolman Caraballo Ávila
Parte Demandada: Extremos Reinthaller
Asistido por Abg. José Castillo Hernández
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día de hoy 06 de febrero del año dos mil seis (2006), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2005-000306, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR, con la asistencia del secretario Abogado YHOANN RODRIGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se constató la incomparecencia de la parte demandante, con la presencia de la parte demandada Extremos Reinthaller, debidamente representada por el ciudadano Clemens Wolfgang Reinthaller Mender, titular de la cédula de identidad Nº 11.568.394, en su condición de dueño, asistido por el Abogado José Castillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.058. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR

LA PARTE DEMANDANTE LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO

Abg. YHOANN RODRIGUEZ