República Bolivariana de Venezuela




Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 16 de febrero de 2006
195° Y 146°

DECISIÓN No. 374-06 CAUSA 12CS-640-06

Vista la solicitud interpuesta por la Abogada MERIDITH DEL CARMEN FERNANDEZ FARIA, en su carácter de Fiscal Trigésima Tercera del Ministerio Publico, quien solicito se libre Orden de Aprehensión en contra de los ciudadanos JHONATAN JAVIER CHACON ARBALAEZ y ALBERTO ORTIZ DAZA, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 del Código Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 Ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YAJAIRA CAROLINA FERRER CASTILLO, y vistas las actuaciones presentadas por ante este Despacho por la Fiscal Trigésima Tercera del Ministerio Público, a modus-videndi, y luego de un estudio minucioso de las actas se evidencia que existen suficientes elementos de convicción y peligro de fuga tal como se evidencia del acta de entrevista de la ciudadana YAJAIRA CAROLINA FERRER CASTILLO, de fecha 27-02-06, cursante al reverso del folios 03 del expediente, del informe Medico Forense signado con el N° 8.107 de fecha 11-10-05 practicado por la Dra. Lilia Sperandio inserto al folio 03, y de experticia Hematológica, Especie y Seminal signado con el N° 1266 de fecha 14-11-05 practicada por la Lic. Rainelda Fuenmayor y Dra. Berenice Hernández inserto al mismo folio en tal sentido este Juzgado ordena librarle ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de en contra de los ciudadanos JHONATAN JAVIER CHACON ARBALAEZ y ALBERTO ORTIZ DAZA, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 Y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 44 Ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien analizados como han sido las actuaciones presentadas en este acto solicitada por la Fiscal del Ministerio Publico, este JUZGADO DUODECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBRAR ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano JHONATAN JAVIER CHACON ARBALAEZ, venezolano, fecha de nacimiento 04-078-84, de 22 años de edad, soltero de profesión u oficio albañil, hijo de Aníbal Chacon, titular de la cedula de identidad 19.212.005 y domiciliado en el barrio Jesús de Nasareth, calle 36C, con avenida 92D, N° 36-06 Maracaibo Estado Zulia y de ALBERTO ORTIZ DAZA, domiciliado en el barrio Jesús de Nasareth, calle 36C, con avenida 92D, N° 100-45, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 del Código Penal, en concordancia con el articulo 44 Ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y una vez practicada la aprehensión de los referidos ciudadanos, los mismos deberán ser trasladados inmediatamente al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, donde permanecerán en calidad de detenidos a la orden de la Fiscalia Trigésima Tercera del Ministerio Publico. Librese la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN. CÚMPLASE LO ORDENADO

LA JUEZ DUODÉCIMA DE CONTROL


DRA. YOLEYDA MONTILLA
LA SECRETARIA,

ABOG ROSA JULIA ZERPA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en decisión No 374-06. y se expidió la correspondiente Orden de Aprehensión, remitiéndose con oficio Nro 446-06, a la Fiscalia Trigésima Tercera del Ministerio Público.

LA SECRETARIA,

ABOG ROSA JULIA ZERPA