República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO TERCERO DE CONTROL
Maracaibo, 09 de Febrero del 2006
194° y 146°
CAUSA: N°-3C-434-06 Decisión:- Nº 448-06
Vista y estudiada la solicitud de SOBRESEIMIENTO presentada por la Fiscal Para el régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Abog. ELSA CASILLA MONTERO, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de personas desconocidas, por la comisión del delito de Hurto Agravado previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Ángel Alfonso Luzardo Luzardo, éste Juzgado Tercero en funciones de Control para decidir considera:
Del examen minucioso y exhaustivo de las actuaciones que sustentan la solicitud Fiscal, se evidencia la comisión de un hecho punible como lo es el delito de Hurto Agravado previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Ángel Alfonso Luzardo Luzardo, se encuentra evidenciados en los siguientes elementos denuncia inserta al folio uno (01) efectuada por el ciudadano Ángel Alfonso Luzardo Luzardo, en relación al mismo manifiesta la fiscal del Ministerio Publico, que la acción penal para perseguir el delito en mención se ha extinguido por haber operado la PRESCRIPCIÓN, de la misma pues desde el día 30-09-74, en que ocurrieron los hechos hasta la actualidad han transcurrido aproximadamente mas de Treinta (30) años tiempo este superior al requerido para opere la prescripción de conformidad con el ordinal 4º del articulo 108 del Código Penal Venezolano. En consecuencia, considera éste Tribunal procedente y ajustado a Derecho la solicitud Fiscal y Ordena el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem. Y ASÍ SE DECLARA.-
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por la comisión del delito de Hurto Agravado previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Humberto José Castillo Olivares, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Articulo 48 Ordinal 8vo Ejusdem. Acogiendo, así la solicitud fiscal. Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ DE CONTROL
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
LA SECRETARIA
ABOG. PATRICIA NAVA QUINTERO
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el No 448-06, dejándose copia en el libro de Decisiones llevados por este tribunal en el presente año
LA SECRETARIA
IAC/rodolfo.
CAUSA: 3C-434-06
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