REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL

Maracaibo, 21 de Marzo de 2006
194º y 146º


DECISIÓN N° 775-05. CAUSA N° 2C-234-06.-


Vistas las actuaciones presentadas por la ABOG. MARBELY GONZALEZ OLAVES, Fiscal (A) Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en donde solicita a éste Tribunal Segundo de Control, el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de ATIPICO, en perjuicio del Ciudadano(a) EMIRO FERNANDEZ, este Juzgador a los fines de resolver observa:
Analizadas como han sido las presentes actas procesales, se evidencia que no existe un hecho tipificado como delito en el ordenamiento jurídico Venezolano, es por lo que este Juzgador considera procedente DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, por cuanto el hecho que originó la presente causa no es típico, en virtud de lo dispuesto en el Ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
En consecuencia de los anteriores razonamientos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Notifíquese.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,



DRA. GRISELDA VILLALOBOS MANRIQUE


LA SECRETARIA,


ABOG. TATIANA RINCON BRACHO

En la misma fecha se registró la anterior decisión quedando anotada bajo el N° 775-05 y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación.-


LA SECRETARIA.


ABOG. TATIANA RINCON BRACHO











GVM/gf.
Causa N° 2C-234-06