Expediente N° 10.839.
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 15 de febrero de 2006
195° y 146°
Vista la diligencia presentada en fecha 10 de febrero de 2006, suscrita por los abogados EDWARD COLINA CARRASQUERO y FERNANDO AÑEZ, el primero como apoderado actor y el segundo como apoderado demandado, el Tribunal provee de conformidad y en consecuencia ordena certificar en actas los documentos solicitados en la señalizada diligencia, los cuales se encuentran rielantes desde los folios Nros. 9 al folio N° 36, ambos inclusive, de la pieza principal N° 2 y desde el folio N° 45 al folio N° 136 ambos inclusive, de la pieza principal N° 1, y devolver los mismos a la parte interesada; asimismo con relación a la transacción realizada por las partes en la misma diligencia, el Tribunal le imparte su aprobación, homologándola y dándole el carácter de cosa juzgada, igualmente se ordena la remisión del expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de dar cumplimiento a los términos de dicha transacción, en la forma convenida por las partes, así como para su posterior archivo en señal de la terminación del proceso, de igual manera esta Superioridad provee de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, y consecuencialmente ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, las cuales corren insertas a los folios Nros. 7, 8 y 43, respectivamente, con inserción de dicha diligencia y del presente auto. Se autoriza suficientemente al ciudadano HENRY PRATO Alguacil Temporal de este Tribunal, para la reproducción de las correspondientes copias. Remítase con oficio.
EL JUEZ SUPERIOR TITULAR
DR. EDISON EDGAR VILLALOBOS ACOSTA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANY GAVIDIA PEREIRA
En la misma fecha se remite el presente expediente N° 10.839, constante de ciento setenta y siete (177) folios la pieza principal N° 1 y de cuarenta y cuatro (44) folios la pieza principal N° 2, bajo oficio N° S2- 069-06, se expidieron las copias certificadas solicitadas, y se certificó en actas poder y facturas ut supra.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANY GAVIDIA PEREIRA
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