REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 01 de Febrero de 2006.-
195°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.- y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.146°



En fecha de hoy, primero de Febrero del año Dos Mil Seis (2006), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las diez de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana JANETH CECILIA MENDOZA DE SALAZAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 4.519.626, asistida en este acto por el abogado en ejercicio NERIO LEAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-5.060.563, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°.29.091, en un inmueble objeto de la presente acción conformado por una casa para habitación, situada en la Población de Caja Seca, Urbanización Valmore Rodríguez, Sector 01, Vereda 03-A, casa N°.10, Municipio Sucre del Estado Zulia, a los fines de Poner en Posesión del referido inmueble a la ciudadana JANETH CECILIA MENDOZA DE SALAZAR, antes identificada, según lo ordenado en el Expediente N°.878-2005 por el Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a nombrar PERITO PRACTICO al ciudadano ADALBERTO MONTIEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-3.078.914, quién estando presente acepto el cargo para lo cual fue designado y presto el Juramento de Ley en la siguiente forma: ¿JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA LO CUAL HA SIDO DESIGNADO? Y contestó: SILO JURO. En virtud de que el inmueble se encuentra cerrado y previas diligencias infructuosas para localizar a sus ocupantes; esta Jurisdicción procede a nombrar CERRAJERO de conformidad con el Artículo 591 del Código de Procedimiento Civil, al ciudadano CARLOS SEGUNDO MONTERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.738.513, quién estando presente acepto el cargo para lo cual fue designado y prestó el Juramento de Ley en la siguiente forma: ¿ JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DEL CARGO PARA LO CUAL HA SIDO DESIGNADO? y contestó: SI LO JURO. En este estado el Perito Práctico deja constancia de las condiciones del inmueble: Dicho inmueble se encuentra en buenas condiciones con pintura nueva, faltándole siete vidrios de las ventanas y la ventana del cuarto le faltan todos los vidrios, el cual esta conformado de la siguiente forma: Un garaje a la entrada de platabanda con puertas y rejas de hierro, con cuatro cuartos dormitorios, un cuarto depósito. En este estado se hizo presente el ciudadano JAIME ENRIQUE SOSA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.776.797 ocupante del inmueble; quién voluntariamente procedió a desocupar el inmueble; se procede con la relación del inmueble: Una sala sanitaria, sala, cocina, comedor, lavadero, al fondo otro garaje con techo de acerolit, pisos de cemento, un portón de hierro y un tanque para agua, un portón de hierro pequeño; el primer garaje ya esta descrito arriba, dicho inmueble esta compuesto de cinco ventanas, la división en que esta compuesta la casa todos sus techos son de acerolit y cielo raso en regulares condiciones, el resto de las divisiones ya fue señalado arriba; se aclara que en el cuarto matrimonial tiene otro baño o sala sanitaria. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: Pongo en posesión del inmueble Ut-Supra identificado a la ciudadana JANETH CECILIA MENDOZA DE SALAZAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-4.519.626, asistida en este acto por el abogado en ejercicio NERIO LEAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.060.563, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 29.091, libre de personas y cosas, y en Santa Paz. Se cerró el acto siendo las once y treinta minutos de la mañana. Enmendado: Diligencias, Administrando. Terminó, se leyó y conformes firman. Menos el ocupante por negarse a hacerlo.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y su Abogado Asistente,
El Perito Práctico,
El Cerrajero,
El Ocupante del inmueble,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 01 de Febrero de 2006.-
195°.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.- y.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.146°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES



En la misma fecha conforme a lo ordenado, se remite constante de quince (15) folios útiles, mediante Oficio número 6150-011.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES