En horas de despacho del día de hoy VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2006, siendo las DOS DE LA TARDE, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PENSION ALIMENTARIA sigue LILIANA CRISTINA CALEJAS SUAREZ contra el Ciudadano WILSON ANTONIO GUERRERO MELENDEZ y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa TRICOMAR, se procedió a notificara a MARIA SANDREA, titular de la Cédula de Identidad Número 12.714.600, con el carácter de SECRETARIA y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano WILSON ANTONIO GUERRERO MELENDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Número V-10.087.292 como Distinguido al servicio de TRICOMAR y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano WILSON ANTONIO GUERRERO MELENDEZ, parte demandada, es Trabajador de esta Empresa .- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de TRICOMAR- CUARTO: Determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo y las Prestaciones Sociales que le pueda corresponder al ciudadano WILSON ANTONIO GUERRERO MELENDEZ, como Distinguido al servicio de la Empresa TRICOMAR Y ASI SE CONFIRMA.- Las cantidades a retener en el concepto establecido ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP 9302.. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ :
EL NOTIFICADO


ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA