En horas de Despacho del día de hoy MARTES VEINTIUNO (21) de Febrero de 2006, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de REINCORPORACION LABORAL, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, relacionada con el Juicio que por AMPARO CONSTITUCIONAL siguen YONAIRA ORTEGA, PAOLA ARGEL, MIRTHA PIMIENTA, YANET GONZALEZ Y KARINA RUIZ contra AGENCIA DE LOTERÍAS JOSEITO, C.A. Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio señalado por la parte actora y su Abogado Asistente, Ciudadanas YONAIRA ORTEGA, PAOLA ARGEL, MIRTHA PIMIENTA, YANET GONZALEZ Y KARINA RUIZ y JUAN CASTRO VILLALOBOS, respectivamente este ultimo Inpreabogado N° 83.357, específicamente en la sede de la empresa AGENCIA DE LOTERÍAS JOSEITO, C.A., Ubicada en la calle 79 entre avenidas 14A y 15, edificio SUDICA, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio indicado, se procedió a notificar a MARIA DEL CARMEN DORANTE MORILLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.772.813 con el carácter de ADMINISTRADORA DE LA EMPRESA AGENCIA DE LOTERÍAS JOSEITO, C.A., debidamente asistida en este acto por la abogada MARYLAURA CARDENAS SOSA, Inpreabogado N° 101.552 y quién una vez impuesta del motivo de la presencia del Tribunal relacionada con la reincorporación a sus labores habituales de trabajo de las ciudadanas YONAIRA ORTEGA, PAOLA ARGEL, MIRTHA PIMIENTA, YANET GONZALEZ Y KARINA RUIZ, expuso: “ En el presente acto dejo constancia que se reengancharan las trabajadoras hasta que se llegue a un acuerdo relacionado a su petición, pautado para realizar dicho acuerdo el día jueves VEINTITRÉS (23) DE FEBRERO DE 2006 a la UNA DE LA TARDE (1:00 PM)”. En este estado presentes las ciudadanas YONAIRA ORTEGA, PAOLA ARGEL, MIRTHA PIMIENTA, YANET GONZALEZ Y KARINA RUIZ, con la asistencia dicha, expusieron: “Pedimos a este Tribunal que una vez llevada a efecto la notificación correspondiente procede a darle cumplimiento a la medida decretada por el Tribunal de la causa en el sentido de ordenar nuestra reincorporación a nuestro respectivo trabajo”. Vista la exposición este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBOS, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA REINCORPORACIÓN DE LAS CIUDADANAS YONAIRA ORTEGA, PAOLA ARGEL, MIRTHA PIMIENTA, YANET GONZALEZ Y KARINA RUIZ, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD Nos. V-14.006.067, V-13.839.468, V-7.821.540, V-7.885.425 Y V-11.871.865, respectivamente, a sus labores habituales de trabajo, en forma inmediata e incondicional, en cumplimiento de la providencia administrativa dictada el día primero (01) de octubre de 2004 por la Inspectoría del trabajo del estado Zulia con sede en Maracaibo, con el correspondiente pago de los salarios caídos dejados de percibir calculados desde la fecha en que fueron despedidas de sus cargos, es decir, el dieciséis (16) de enero de 2004, hasta su efectiva reincorporación mas las variaciones saláriales decretadas por el ejecutivo nacional y por contratación colectiva y demás beneficios laborales a los que haya lugar así como las costas procésales; Debiendo ser acatado el Amparo so pena de incurrir en desobediencia a la Autoridad Judicial y en Aplicación de las sanciones previstas en el Artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Y ASI SE CONFIRMA. Cumplida como ha sido la parte actora deja constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumento para la practica de la presente medida. Termino, se Leyó y conformes Firman.-
EL JUEZ

LA NOTIFICADA Y SU ABOGADA
ABOG. GUILLERMO INFANTE ASISTENTE:


LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO
ASISTENTE: LA SECRETARIA: