En hora de Despacho del día de hoy, veinte de febrero de dos mil seis, siendo las diez y quince minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y S AN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, seguido por la ciudadana: MARISOL TATIANA ROO, titular de la cédula de identidad No.V-16.457.287, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES MAR 17 C.A..- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora abogado en ejercicio: OSNAR VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.533, en la siguiente dirección: avenida que conduce al Mojan, avenida prolongación Guajira, Zona Industrial Norte, Centro Sambil Maracaibo, específicamente en nivel feria, donde funciona la Sociedad Mercantil Quinta Leonor C.A., en la Parroquia Idelfonso Vásquez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, a la ciudadana: HANMARLE YSVETTE ZAMBRANO CARIDAD, quién es mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad No.V-13.474.753 y de este domicilio, quien dijo ser gerente de la Empresa donde se encuentra constituido este Tribunal.. De inmediato este Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Sur del Lago C.A, representada en este acto por el ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, QUIÉN ES MAYOR DE EDAD, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la cédula de identidad No.V-5.170.472 y de este domicilio, y al mismo se nombra perito avaluador, quién estando presente aceptó los cargos y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone a los cargos recaídos en su persona? Contestó: Si lo Juro.- En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, expuso: En vista de que la Oficina Principal de la empresa ejecutada.- En este estado presente la notificada HANMARIE YSVETTE ZAMBRANO CARIDAD, antes identificada y asistida en este acto por el abogado en ejercicio: GUILLERMO REDONDO GALVAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 17.330, expuso: “ A los fines de llegar a un arreglo amistoso y como quiera que en mi condición de Gerente de Tienda de la Sociedad Mercantil Comercial Metro 17, C.A.., inscrita debidamente por ante el Registro Mercantil 5to. De la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, el día 06 de abril de 2005, quedando anotado bajo el tomo 1070-A No. 25 de los libros llevados por ese Registro Mercantil, en nuestra condición de sustituto de Patrono de la Sociedad Mercantil Inversiones Mar 17 C.A., ambos empresas conocidas en esta ciudad en Quinta Leonor, y de conformidad con lo estipulado con el artículo 90 de la Ley Orgánica del trabajo, en mi condición de representante de la referida Sociedad Mercantil, ofrezco en este acto y consigno un cheque de Gerencia No. 76001456, por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CUATROS BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.2.406.704,62), en contra del Banco Banesco, Banco Universal Sambil, Maracaibo, a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, cantidad esta ofrezco a la parte ejecutante a los fines de dar por terminado el presente juicio de prestaciones Sociales.- En este estado presente el ejecutante, quién expuso: Acepto en este acto el ofrecimiento dado por la parte ejecutada, doy por satisfecho el pago por concepto de Prestaciones sociales de mi representada.- Hago constar en este acto que como quiera que las costas procesales del presente juicio no han sido satisfecha me reservo el derecho de proceder judicialmente por intimación de honorarios profesionales en contra de la referida Sociedad mercantil.- En este estado el Tribunal recibe de manos de la notificada un (1) cheque de Gerencia antes identificado para ser remitido con la presente comisión al Tribunal de la causa, asimismo el Tribunal vista el convenimiento realizado se abstiene de ejecutar la presente medida y acuerda remitir la presente comisión al Tribunal de la causa junto con el cheque de gerencia.- Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el segundo aparte del artículo 26 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las 1:45 de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO C.
LA NOTIFICADA Y SU ABOGADO ASISTENTE,
EL EJECUTANTE,
LA SECRETARIA,
ABOG. LUZ AMRINA MONTIEL LOPEZ
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