REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA N° 3837
En el día de hoy seis ( 06 ) de Febrero de dos mil seis (2.006), siendo las once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en un inmueble ubicado en el Sector Sabaneta de Palmas, Parroquia San José del Municipio Miranda del Estado Zulia, acompañado de el ciudadano JAMES ADAN VALBUENA, titular de la cedula de identidad Nº V-7.668.613, parte actora, asistido por la abogada en ejercicio CAROL OQUENDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.580, , a objeto de ejecutar la desocupación del inmueble ordenado por el JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en juicio DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por JAMES ADAN VALBUENA SANDREA contra los ciudadanos DENIS PELECTO VILCHEZ PIRELA y DAISY BEATRIZ MONTERO APARICIO. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano, DENIS PELECTO VILCHEZ PIRELA , titular de la cedula de identidad Nº V-5.711.760, y a la ciudadana DAISY BEATRIZ MONTERO APARICIO, titular de la cedula de identidad Nº V-7.731.593, en su condición de demandados. En este estado presente la parte actora, ya identificada, con la asistencia dicha expuso: Pido al tribunal se sirva suspender la ejecución de la medida, en virtud de que los demandados se comprometen en el término de dos meses, contados a partir de la presente fecha a vender el inmueble, por la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES ( Bs.25.000.000, oo) y entregarme el dinero correspondiente a la venta; o que desocupen el inmueble, en caso de no cancelar la obligación en este termino de tiempo concedido.