REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN Y GÓMEZ

COMISION CIVIL N° 698:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Con oficio N° 0814-189 de fecha 17/11/2005. Recibido el día 22/11/2005
PARTE ACTORA: MAXIMILIANO GUEVARA
PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO MATA
MOTIVO: DESALOJO - SECUESTRO
ESTADO ACTUAL: Auto del Tribunal de fecha 7/2/2006, devolviendo la comisión al Juzgado Comitente, por falta de impulso de la parte interesada en un periodo superior a los cuarenta y cinco (45) días, en acatamiento de resolución N° 1 de fecha 13/7/2005.


AUTO DE DEVOLUCIÓN (SIN CUMPLIR)

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO, GOMEZ, MARCANO Y DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. LA ASUNCIÓN, siete (7) de Febrero de 2006.-

195° y 146°.

Revisada como ha sido la presente comisión y por cuanto de la misma se evidencia que desde el día veintidós (22) de Noviembre del año 2005, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de cuarenta y cinco (45) días sin que la Parte Ejecutante haya dado Impulso Procesal ni haya instado el traslado del Tribunal a objeto de llevar a efecto la MEDIDA DE SECUESTRO ordenada por el comitente, todo lo cual evidencia su falta de interés procesal, este Tribunal a los fines de garantizar la igualdad entre las partes, el derecho a la defensa, la celeridad procesal y una sana administración de justicia, y en acatamiento de Resolución N° 1 de fecha 13/7/2005, emanada de este Juzgado, acuerda: Remitir la presente comisión en originales y en el estado en que se encuentra al Juez de la Causa. Déjese copia certificada de la misma. Líbrese Oficio.-
LA JUEZ PROVISORIA,
Abg. IRINA DÍAZ FARRERA.

LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.

En la misma fecha se remite la presente comisión en originales y en el estado en que se encuentra, constante de (4) folios útiles, al Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, anexo a Oficio N°: 025-06, y se dejó copia certificada de la misma, conforme está ordenado en el auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.


Com. N° 698



República Bolivariana de Venezuela.

Juzgado Ejecutor de Medidas de los
Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

La Asunción, siete (7) de febrero de 2006.-
195° y 146°.

N° 025-06
CIUDADANO:
Juez del Juzgado del Municipio Marcano de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta,
SU DESPACHO.-


Adjunto al presente oficio remito a usted, comisión que fuera enviada a este Despacho, con Oficio N°: 0814-189 de fecha 17/11/2005, que fuera librada en el juicio seguido por MAXIMILIANO GUEVARA contra ALEJANDRO MATA por DESALOJO (SECUESTRO), en originales y en el estado en que se encuentra, constante de (4) folios útiles.-


Remisión efectuada para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACION,

Abg. IRINA DÍAZ FARRERA.
JUEZ PROVISORIA.


IDF/cmv*.-
Anexo: lo indicado.
Com. N°: 698

“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”