REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

La Asunción, 09 de Febrero de 2006
RESOLUCION JUDICIAL

Ordena la remisión de copia de la presente acta a la fiscalía del Ministerio Público. SEGUNDO: Se acuerda seguir el presente Procedimiento por la vía ORDINARIA. Líbrense los correspondientes oficios y la Boleta de Libertad. TERCERO: La ciudadana Juez declara concluida la presente audiencia, siendo las 10:50 horas de la mañana, participando a las partes que, con la lectura y firma de la presente Acta, quedan notificadas las mismas de esta decisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 03

DRA. JUNEIMA CORDERO BARRETO

EL SECRETARIO,
ABG. VICENTE BERMUDEZ
ASUNTO: OP01-P-2006-000500