REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3
La Asunción, 09 de Febrero de 2006
RESOLUCION JUDICIAL
Se acuerda seguir el presente Procedimiento por la vía ORDINARIA. La ciudadana Juez declara concluida la presente audiencia, siendo las 01:00 horas de la tarde, participando a las partes que, con la lectura y firma de la presente Acta, quedan notificadas las mismas de esta decisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 03
DRA. JUNEIMA CORDERO BARRETO
EL SECRETARIO,
ABG. VICENTE BERMUDEZ
ASUNTO: OP01-P-2005-004988