REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2

Asunto Principal N° OP01-P-2006-000421.
Juez: Dra. YOLANDA CARDONA MARIN
Fiscal: Dra. Mariteresa Díaz
Defensa Privado: Dr. Hernán Linares
Secretaria de Guardia: Abg. Merling Marcano.
IMPUTADO: EDUARD LOPEZ RODRIGUEZ

Este Tribunal encontrándonos en la oportunidad procesal de imponer al imputado la medida con la cual se garantizará su comparecencia a las demás fases del proceso, observa que no existe una presunción razonable de peligro de fuga, es de considerar que puede ser satisfecha con la una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en presentaciones cada quince (15) días por ante la oficina de alguacilazgo, la prohibición de salida del estado Nueva Esparta, sin autorización del tribunal y la prohibición expresa de acercarse al lugar de los hechos, todo de conformidad con el artículo 256 ordinales 3, 4 y 5 todos del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se autoriza al Ministerio Público seguir el PROCEDIMIENTO POR LA VIA ORDINARIA, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Las partes quedan notificadas de todo lo aquí decidido de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez de Control N° 2
Dra. YOLANDA CARDONA MARIN

La Secretaria
Abg. MERLING MARCANO.
Asunto: OP01-P-.2006-000421