REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2

La Asunción, 17 de Febrero de 2006
195° y 146°


PRIMERO: considera que la solicitud interpuesta por el Defensor Privado debe ser resuelta en el Acto de la Audiencia Preliminar, respetado derechos y garantías constitucionales de las partes. SEGUNDO: En consecuencia en atención que hasta la presente fecha no se ha realizado la celebración del ACTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR prevista en el articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto signada con el Nº OP01-P-2005-006238, seguida en contra del ciudadano IMPUTADO OSCAR EMILIO ROJAS, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31,Tercer Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, fija como nueva fecha para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, el día 24 de Febrero del 2006, a las 9:30 a.m.. Líbrense las correspondientes boletas. Cúmplase.
La Juez de Control N° 2
Dra. YOLANDA CARDONA MARÍN

LA SECRETARIA
Abg. MERLING MARCANO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado

LA SECRETARIA
Abg. MERLING MARCANO
CAUSA: OP01-P-2005-006238