REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 02 de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : VP01-L-2005-001489
Visto que la parte demandada en la presente causa, no cumplió con lo ordenado en auto de fecha dieciséis (17) de Enero de 2.006; este Tribunal declara Inadmisible la Tercería solicitada. Así se decide.-
La Secretaria,
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro Abog. Maria de los A. Bphorquez.