N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2005-000196
PARTE ACTORA: MARIA HERRERA y EDITZA CASTELLANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL LUZARDO
PARTE DEMANDADA: CENTRO CLINICO LA SAGRADA FAMILIA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS COHEN y SABRINA RINCÓN.
MOTIVO: CESTA TICKET.

En el día hábil de hoy 15 de Febrero de 2006, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presentes las abogadas MILAGROS COHEN y SABRINA RINCÓN con el carácter de apoderadas judiciales de la demandada CENTRO CLINICO LA SAGRADA FAMILIA C.A se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadanas MARIA HERRERA y EDITZA CASTELLANO ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.



El Juez

El Secretario

Abog. Marlene Rojas de Siu





Los Presentes