REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, ocho de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : VH01-L-2004-000097

Vista la diligencia presentada por el abogado en ejercicio MANUEL AGUILAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 24.100, en su carácter de apoderado judicial del actor, mediante la cual solicita que se archive el presente expediente dándole el carácter de cosa juzgada, por cuanto la empresa demandada LA NUEVA FABRICA DE LA PIÑATA C.A., canceló al ciudadano ENDERSON ENRIQUE ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.719.583, sus prestaciones sociales y nada debe por éste ni por ningún otro concepto. En consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE PAGO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.

EL JUEZ,

ABOG. ANTONIO BARROSO.

LA SECRETARIA,

ABOG. MAIRA ALEJANDRA PARRA.