REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En horas de despacho de el día de hoy, Jueves 26 de Enero del año dos mil seis (2.006) se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y se constituyó siendo las doce y treinta minutos de la tarde, en un inmueble ubicado en la calle 03 casa numero 05 de la Urbanización Francisco Torres del Municipio Torres del Estado Lara, con la presencia del ciudadano Juez Provisorio Abg. Rafael José Martínez Rivero con la Secretaria Abg. Blanca Patricia Otero Nieto, a los fines de dar cumplimiento al Despacho de Comisión enviado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la medida de secuestro con ocasión a el Juicio de Resolución de Contrato con Reserva de Dominio intentado por el ciudadano SERAFIN LAGO ALONSO, en su carácter de Presidente de la empresa TRANSPORTE DECABO C.A, contra el ciudadano HERNAN JESUS GONZALEZ HERRERA. Acompañan al Tribunal el abogado y la parte actora así mismo acompañan los Guardias Nacionales Arcader y Cabo Primero Alcides Valera Gonzalez, titulares de las C.I 11.706.103 y 7.421.428, respectivamente. Seguidamente el Tribunal designa en el cargo de Perito Avaluador a el ciudadano Luis Gonzáles, titular de la cedula de identidad Nº 4.400.177 y en el cargo de Depositaria Judicial a la ciudadana Marielena Montes de Oca, titular de la cedula de identidad Nº 5.932.458, quienes fueron juramentados por el tribunal y asumieron cumplir las obligaciones inherentes al cargo. En este estado el demandante de autos con la asistencia dicha expone: Por cuanto el vehículo a secuestrar no se encuentra en el inmueble solicito al tribunal suspenda la practica de la medida y oficie a la Comisaría Nº 70 de la Policía del Estado Lara con sede en esta ciudad con el propósito de que se haga la retención del vehículo sea puesto a la orden de este tribunal para posteriormente practicar la medida de secuestro. Es todo. El tribunal vista la exposición de la parte acuerda oficiar a la Comisaría Nº 70 y suspende la practica de la medida y ordena el regreso a su sede siendo la una y treinta (1:30pm) de la tarde. Es todo. Terminó, se leyo y conformes firman.




EL JUEZ LA ABOGADA ASISTENTE
(FDO) (FDO)



LOS GUARDIAS NACIONALES EL DEMANDANTE
(FDO) (FDO)




PERITO
(FDO)

LA SECRETARIA.-
(FDO)

DEPOSITARIA
(FDO)


Exp. 703/2.006.