REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 18 de Enero de 2006.
195º y 146º


RESOLUCIÓN No. 028-06 CAUSA No 7E-03-06

Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 12-12-2005, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
El penado: JEHOVA CERVERA, titular de la Cédula de identidad N° V-21.565.789, fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION más las accesorias de Ley por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD NECESARIA, previsto y sancionado en el ordinal 1º del articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JHOANDRI JULIO SUAREZ.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 25-05-2005, por lo que hasta el día de hoy 18-01-06, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido SIETE (07) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS, faltándole por cumplir NUEVE (09) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y SIETE (07) DÍAS.-Cumple la Pena Principal el día: 25-05-2015.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 25-11-2007, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 25-09-2008, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 25-05-2010.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 25-01-2012, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las 3/4 partes de la Pena impuesta el día: 25-11-2012, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 25-05-2017.- Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales.

EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN(S)

DR. JULIO S. AREVALO MARQUEZ
LA SECRETARIA (S)


ABOG. KARINA LEON


En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el No. 028-06 y se libraron oficios N° 158-06, 159-06, 160-06 y 161-06.-


LA SECRETARIA (S)