REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 12 de Enero de 2006.
195º y 146º
RESOLUCIÓN N° 011-06 CAUSA N° 7E-221-01
Visto el escrito de Redención de Pena, emanado de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa del Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana, así como del estudio minucioso y exhaustivo de las Actas que lo acompañan, suscrita por los miembros de la referida Junta, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo que establece el Artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a efectuar Cómputos con Redención de Pena de la siguiente manera:
El Penado: EDIXON RAMON PINEDA ALVAREZ, fue condenado a cumplir la pena de Treinta (30) AÑOS DE PRESIDIO, más las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO Y PORTE ILICITO DE ARMAS previstos y sancionados en los artículos 460, 377, 175, 287 y 278 del Código Penal, cometidos en perjuicio de FRANCIS JOSEFINA APONTE COVA Y OTROS.- Ahora bien, consta en Actas que el mencionado Penado fue detenido en fecha 17-05-2000, por lo que hasta el día de hoy 12-01-06, fecha en la cual se elabora el presente cómputo lleva detenido: CINCO (05) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS. Tiene redimido en razón de trabajo y/o estudio DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS, que sumados al tiempo que lleva detenido hace un total de OCHO (08) AÑOS, SEIS (06) MESES, Y DIEZ (10) DÍAS; faltándole por cumplir VEINTIUN (21) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DÍAS-Cumple la Pena Principal el día 25-05-2027; Cumplió ¼ parte de la Pena el día 25-11-2004; para el Beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumple 1/3 parte de la Pena el día 25-05-2007 para el Beneficio de Régimen Abierto; Cumple la 1/2 de la Pena el día 25-05-2012 ; Cumple las 2/3 partes de la Pena el día 25-05-2017; para el Beneficio de Libertad Condicional, Cumple las ¾ partes de la Pena el día 25-11-2019, para el Beneficio de Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 25-11-2034.-Regístrese la presente Resolución, remítase copia certificada de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana, Estado Táchira, y a la Fiscal 27 del Ministerio Público.
EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN (S)
DR. JULIO S. AREVALO MARQUEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. KARINA LEON
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 011-06 y se libraron oficios N° 61-06 y 63-06.
LA SECRETARIA (S)
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