REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 17 de enero de 2006
195° y 146°

RESOLUCION Nro. 032-06 CAUSA 6E-54-04.

Vista la decisión dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, a favor de la penada DORIS ESTHER BOHORQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.861.594,soltera, hija de Estelio Enrique Bohórquez y de Saida Esther Gómez, con residencia en el Barrio La Polar, calle l91, casa 48-165, Municipio San Francisco Estado Zulia actualmente disfrutando de Regimen Abierto; mediante la cual declara con Lugar el Recurso de Revisión propuesto por este Tribunal de Ejecución, modificando la pena de TRES (3) AÑOS CUATRO (04) MESES DE PRISION, a UN (01) AÑOS DE PRISION mas las accesorias de Ley por el delito POSESION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTROPICAS, cometido en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO, por lo que se acuerda practicar nuevo computo de pena en la presente causa, a los fines de constatar si la pena modificada se encuentra extinguida.-
Consta en actas que la penada DORIS ESTHER BOHORQUEZ GOMEZ, fue detenida en fecha: 05-09-03, por lo que hasta el día de hoy 17-01-06, lleva de pena cumplida: DOS (02) AÑOS CUATRO (04) MESES, Y DOCE (12) DIAS. Asimismo, Cumplió la Pena Principal el día: 05-09-2004. Y culminó en fecha 23-06-2005 la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por Una Cuarta (1/5) parte del tiempo de la Condena, En consecuencia, considera esta Juzgadora, que con la pena modificada, la penada DORIS ESTHER BOHORQUEZ GOMEZ, ha agotado su reclusión, por la privación de su derecho de libertad afectado por sentencia condenatoria, en virtud de lo cual acuerda su inmediata libertad, para lo cual libra la respectiva boleta de excarcelación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA la extinción de la pena por cumplimiento de la misma, Se ordena pasar la presente causa en Autoridad de Cosa Juzgada y la remisión de la misma al Archivo central de este Circuito Judicial Penal, igualmente acuerda oficiar al ciudadano Director de Prisiones del Ministerio de Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas Distrito Capital; al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Zulia, a los fines de que tome debida nota en el registro de SIPOL, y a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario, participando esta decisión. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA la extinción por cumplimiento de la pena principal y de la accesoria, a favor de la penada DORIS ESTHER BOHORQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 11.861.594,soltera, hija de Estelio Enrique Bohórquez y de Saida Esther Gómez, con residencia en el Barrio La Polar, calle l91, casa 48-165, Municipio San Francisco Estado Zulia actualmente disfrutando de Regimen Abierto, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. 0ficiese al Director de Prisiones del Ministerio de Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas Distrito Capital; al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Zulia, a los fines de que tome debida nota en el registro de SIPOL, y a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario, participando esta decisión. Se ordena pasar la presente causa en Autoridad de Cosa Juzgada y la remisión de la misma al Archivo central de este Circuito Judicial Penal, en la oportunidad legal correspondiente.- Publíquese, Registrase, Líbrese Boleta de Excarcelación, 0ficiese. Notifíquese.
LA JUEZ

ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO

ABOG. ERNESTO ROJAS H.

En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 032-06 en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal. Se oficio bajo los Nros.160, 161, 162,163 y 164-06. Se libró Boletas de Excarcelación y de Notificación.

EL SECRETARIO

Ysabel g.