REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 16 de enero de 2006
195° y 146°


RESOLUCIÓN N° 027-05 CAUSA 6E-261-06

Se encuentra la presente causa en este Tribunal de Ejecución, en virtud de haber quedado firme el fallo dictado en la presente causa en contra del penado RAFAEL AUGUSTO FERRER ARIAS, venezolano, natural de Maracaibo, soltero, de 25 años de edad, Técnico en Comunicación de CANTV, titular de la cédula de identidad Nro. 16.354.176, hijo de Magali Arias y de Rafael Ferrer, actualmente recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones del Retén El Marite.-
El penado AUGUSTO FERRER ARIAS, fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS SEIS (MESES) DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de OSCAR AGUIRRE. En consecuencia, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta de conformidad con el Artículo 482 Ejusdem, procediendo a realizar el Cómputo Legal de la Pena impuesta.
Así tenemos: Consta en actas que el penado RAFAEL AUGUSTO FERRER ARIAS, fue detenido en fecha 03-01-05, por lo que hasta el día de hoy: 16-01-06, fecha en que se practica el presente cómputo, lleva detenido: UN (01) AÑO, Y TRECE (13) DIAS, faltándole por cumplir: CINCO (05) AÑOS CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 03-07-2011. Asimismo, cumplirá una cuarta parte de la pena en fecha 18-08-2006- Una tercera parte de la pena en fecha 03-03-2009 la Mitad (1/2) de la pena el día: 03-04-2008 las Dos Terceras (2/3 partes el día: 03-05-2009 las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 18-11-2009 y estará Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, hasta el día: 18-02-2013. Este Tribunal de Ejecución establece como lugar de reclusión, en la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde el penado AUGUSTO FERRER ARIAS cumplirá la pena impuesta, para lo cual ordena librar boleta de Encarcelación y remitirla con 0ficio al Reten EL Marite. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ejecutado el fallo dictado en la presente causa y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por el penado AUGUSTO FERRER ARIAS Regístrese, Notifíquese remítanse las copias de ley anexadas a oficios.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN,

DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO

ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No.028-06 en el Libro de Registro de Resoluciones, llevado por este Tribunal en el presente mes y año, Se libró Boleta de Encarcelación y oficios bajo los Nos 140, 141,142 y se enviaron las correspondientes Boletas de Encarcelación y de Notificaciones bajo los Nros 143 y 147-06.IAC/isabelg
EL SECRETARIO