REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

COMISION N° 2968
EXPEDIENTE N° 6488

El día de hoy, 12 de enero del año Dos Mil Seis, siendo las 11:05 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo preventiva decretada en el Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por YANIBETH DAYANA VALBUENA NAVAS, titular de la cedula de identidad Nº 16.588.662 en relacion con el feto concebido npor la ciudadana YANIBETH DAYANA VALBUENA NAVAS contra de CARLOS LUIS ANDARA SALAS, titular de la cedula de identidad Nº 15.351.733 por ante el Juzgado del Municipio Lagunillas de la circunscripción judicial del estado zulia, con sede en Ciudad Ojeda y para lo cual fue Exhortado ciudadana este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora ciudadana YANIBETH DAYANA VALBUENA NAVAS, antes identificada asistida en este acto por la abogada en ejercicio LAURA IRENE FIGUEROA LEAL, Titular de la cedula de identidad N° V- 15.056.446 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 103.448.- Se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION Co S.A, ubicada en la CALLE INDEPENDENCIA SECTOR LAS MOROCHAS CIUDAD OJEDA Municipio LAGUNILLAS del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a): MARISOL LEAL, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad numero: V- 7857530.- En su carácter de: ENCARGADA DE ASUNTOS LABORALES Y ASUNTOS PATRONALES de la mencionada empresa.- En este estado presente la parte actora antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea embargada preventivamente PRIMERO: una tercera parte 1/3 DEL BONO VACACIONAL, BONO COMPENSATORIO Y UTILIDADES que le puedan corresponder anualmente al trabajador demandado con la finalidad de sufragar los gastos de la epoca de navidad y vacaciones.- SEGUNDO: UNA TERCERA PARTE 1/3 DE LAS CANTIDADES DE DINERO CORRESPONDIENTES AL FIDEICOMISO Y A SUS INTERESE DE AHORRO.- TERCERO: el 100 por ciento de las prestaciones sociales que pudieran corresponder al ciudadano antes mencionado como trabajador al servicio de la empresa en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte del mismo para garantizar mensualidades futuras de la niña de autos.- Una vez se haga efectiva dicha medida las cantidades correspondientes deberán permanece en dicha empresa a nombre del Juzgado del municipio Lagunillas de la Circunscripción judicial del estado zulia con sede en Ciudad Ojeda debiendo de remitir comunicación donde se especifiquen los montos requeridos y el numero de Expediente.- En.-