REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 3926
En el día de hoy veintiséis (26) de Enero de dos mil seis (2.006), siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede de la Empresa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS AG, C.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de Ejecutar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda en el juicio de PENSION DE ALIMENTOS seguido por la ciudadana LINA MARISOL COLINA HENRIQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.704.848, en contra del ciudadano INMER NOE MEDINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.214.427, a favor del niño ISMAEL JOSE. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a la ciudadana, DIGNORA CHACON, titular de la cedula de identidad Nº 7.602.990, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.572, en su condición de Gerente de Recursos Humanos.