REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
SECCIÓN ADOLESCENTES
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

La Asunción, 19 de Enero de 2006
195 y 146

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha 16 de Diciembre de 2005, dictada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 22 de Junio de 1988, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. IDENTIDAD OMITIDA, hijo de los ciudadanos Gladis Cova y Oswaldo Tiberio, domiciliado en IDENTIDAD OMITIDA, jurisdicción del Municipio García del Estado Nueva Esparta, o Calle Marcano, Casa Nro. 23-90, Porlamar, jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. En consecuencia este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes Términos: UNICO: Impone al adolescentes IDENTIDAD OMITIDA la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, la cual consiste en que el adolescente deberá realizar tareas de interés general, en forma gratuita, durante una jornada de ocho (8) horas semanales, preferentemente los días sábados, domingos y feriados, o en días hábiles pero sin perjudicar la asistencia a la escuela o jornada normal de trabajo, por el lapso de CUATRO (04) MESES, ante la Dirección de Transito Terrestre de Porlamar del Estado Nueva Esparta. Este Ejecutor Ordena Oficiar a la Dirección de Transito Terrestre de Porlamar del Estado Nueva Esparta, quienes deberán informar a este despacho mensualmente la asistencia de los adolescentes ante esa institución. Expídase por secretaría copia simple del presente auto y junto con boletas de notificación remítase a las partes. Cítese al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos, así como a sus representantes legales, para el día JUEVES VEINTISEIS (26) DE ENERO DE DOS MIL SEIS (2006), A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA, a fin de imponerlos del presente auto. Ofíciese. Notifíquese. Regístrese. Diaricese. Déjese copia del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL DE EJECUCIÓN,


Dra. Emilia Valle de Larez.
LA SECRETARIA,

Abg. Zaida Montilva.
EVDL/m&m..
Asunto: OP01-P-2005-001400.