REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2

Ordena oficiar a la Policía Municipal de Mariño a los fines de que brinden Protección, en cuanto a su integridad física se refiere al ciudadano, todo en atención al articulo 2,20,45,55 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, tomando en cuenta las amenazas señaladas por el ciudadano José Luis Pérez Rodríguez, y como quiera que el estado esta obligado a proteger y garantizar su integridad física, lo procedente es notificar a dicha policía a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado, se declara concluida la presente audiencia. Quedan Notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del código orgánico procesal penal de la presente decisión La ciudadana Juez declara concluida la presente audiencia. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL N° 02
DRA. YOLANDA CARDONA MARIN

LA SECRETARIA,
ABG. LUISANDRA CAZORLA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. LUISANDRA CAZORLA
ASUNTO: OP01-P-2006-000166