REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecinueve de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : VP01-L-2004-001547

SENTENCIA INTERLOCUTORIA


En demanda incoada en contra de PROTECCIÓN Y SEGURIDAD INTERGRAL C.A., visto que la parte actora ciudadano ALEXANDER VILCHEZ no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de dos (02) días hábiles siguientes a su notificación el Libelo de Demanda, conforme a lo ordenado en fecha 26 de noviembre de 2004, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA. ASI SE DECIDE.

La Juez.

La Secretaria.

Mgs. Judith del Carmen Castro.


Abog. Maria de los A. Bohórquez.