REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, treinta y uno de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : VP01-L-2004-001464

Vista y revisada como ha sido la transacción de fecha diecisiete (17) de Enero de 2006, presentada por el ciudadano ALEXIS JOSÉ MARÍN TINEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.777.073, asistido por el abogado en ejercicio MOISES AMADO ROSENDO inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 104.423, en su carácter de parte actora en el presente procedimiento y la abogada FRANCIS VILLALOBOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 53.622 en su carácter de apoderado judicial de la demandada GIORGIO FERRANTE C.A. según se evidencia del instrumento poder que se encuentra agregado a las actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.

EL JUEZ,

ABOG. ANTONIO BARROSO.

LA SECRETARIA,

ABOG. MAIRA ALEJANDRA PARRA.