REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001060
PARTE ACTORA: ALEXANDER ENRIQUE MARQUEZ FERNÁNDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: no acudieron.
PARTE DEMANDADA: COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Ailie Viloria
MOTIVO : Accidente de Trabajo
En el día hábil de hoy 31 de Enero de 2006, siendo las 9:48 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar,, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la misma, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195. Se deja expresa constancia que la parte demandada consignó instrumento poder en copia certificada el cual se ordena agregar al expediente.
El Juez
La Secretaria
Abog. Frank Guanipa Abog Maira Alejandra Parra.
La Presente