ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001343
PARTE ACTORA: MARÍA TRAVAGLINI
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Nora Bracho.
PARTE DEMANDADA: FERNANDO DE JESÚS RONDÓN ALMARZA U.E.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Carlos Acosta.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,23 de Enero de 2006, siendo las 3:06 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MARÍA TRAVAGLINI y Unidad Educativa FERNANDO DE JESÚS RONDÓN ALMARZA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de Novecientos cincuenta mil Bolívares (950.000 Bs) para sastifacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, de los cuales son entregados en este acto la cantidad de cuatrocientos setenta y cinco mil Bolívares (475.000 Bs) a través de cheque girado en contra de la institución financiera Banco Occidental de Descuento (B.O.D.) signado con el numero 00001489, del cual se deja copia simple y una igual cantidad a la anteriormente señalada para el día viernes 10 de Febrero de 2006, la cual sera entregada por ante el tribunal a las diez (10.00 a.m.). En este estado la apoderada actora recibe el cheque , sin presión alguna. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

La Secretaria

Abog. Frank Guanipa Abog Maira Alejandra Parra





Los Presentes