ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000869
PARTE ACTORA: SANDRA MALDONADO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abog. ANTONIO SUAREZ y OTROS.
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN DEL NIÑO SECCIONAL ZULIA (ente al cual esta adscrito el CENTRO PREESCOLAR MATERNAL GENERAL RAFAEL URDANETA).
CONSULTORA JURÍDICA DE LA FUNDACIÓN DEL NIÑO SECCIONAL ZULIA: Abog. LIZBECTH BELLOSO.
ABOGADA SUSTITUTA DEL PROCURADOR DEL ESTADO ZULIA: Abog. MIREGLIA BOVES.
MOTIVO: Prestaciones Sociales

Hoy, 9 de enero de 2006, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia (con sede en Maracaibo), en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 196° y 147°.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria

Abog. Yocelyn Boscán Luzardo