REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 13 de Diciembre de 2006.
196º y 147º
RESOLUCIÓN N° 808-06. CAUSA N° 7E-147-06.
Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 07-11-2006, en contra del penado RODERITH ANTHONY RONDON RONDON, es por lo que este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha Sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
El penado: RODERITH ANTHONY RONDON RONDON, titular de la cedula de identidad N° 19.306.687, fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3,10 y 11 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal, cometidos en perjuicio de los ciudadanos CARLOS SATURNINO BOLIVAR, ZORAIDA VERONICA MONCAYO DE BOLIVAR, NOELY CAROLINA BOLIVAR MONCAYO, KARLA VERONICA BOLIVAR MONCAYO Y EL ORDEN PUBLICO. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 17-05-06, por lo que hasta el día de hoy 13-12-06, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido SEIS (06) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y CUATRO (04) DIAS.-Cumple la Pena Principal el día: 17-01-2016.- Cumple 1/4 parte de la Pena impuesta el día 17-10-2008, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 07-08-2009, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 17-03-2011.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 27-10-2012, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las 3/4 partes de la Pena impuesta el día: 17-08-2013, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/4 parte de la Pena impuesta hasta el día: 17-06-2018.- Ofíciese a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo y al Capitán del Destacamento N° 35, a los fines del traslado del referido penado. Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio al Departamento de Reseña de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal N° 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Interior y Justicia. Notifíquese.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN.
DRA. MIRYAM MESTRE ANDRADE.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA AÑEZ A.
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 808-06 y se libraron oficios N° 8338-06, 8339-06, 8340-06, 8341-06, 8342-06 Y 8343-06 y boleta de notificación N° 1786-06, con oficio al Alguacilazgo N° 8344-06.
LA SECRETARIA
MMA/bh.
CAUSA N° 147-06.
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