República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 15 de Diciembre de 2006
196° y 147°
ACTA DE SOLICITUD DE PRORROGA
En el día de hoy, Viernes quince (15) de Diciembre del Dos Mil Seis, siendo las diez (10:00 AM) de la mañana, día y hora fijado por este Tribunal Duodécimo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para llevar a efecto AUDIENCIA PUBLICA y ORAL entre las partes en la presente causa, relacionado con la solicitud de Prorroga presentada por la Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público del Estado Zulia, estando presente en la Sala de este Despacho, la Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público Abogado ALEXIS GERMAN PEROZO, el Abogado EDWIN OSVALDO PARADA Defensor Publico 17° (S) Penal, y el Imputado VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. En este estado, presente como se encuentra la mencionada Representante del Ministerio Público solicita el derecho de palabra y concedida como le fue expuso: “Ratifico el escrito presentado en fecha 13-12-2006, por la Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia solicito la prorroga establecida en el parágrafo cuarto del mencionado Artículo para presentar el respectivo acto conclusivo en la causa seguida en contra del mencionado Imputado, por cuanto aún faltan algunos elementos de convicción que recabar por parte de los organismos policiales indispensables, para apuntalar o decidir algún acto conclusivo. En este estado, presentes como se encuentra el imputado VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ, e impuesto del Precepto Constitucional establecido en el Articulo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en compañía de su defensor, expusieron: “Estamos de acuerdo con la solicitud de la prorroga solicitada por el Representante del Ministerio Público, es todo. En este mismo acto la Jueza, oídas las exposiciones realizadas por la Representante del Ministerio Público, el imputado de actas y de su defensor, este Tribunal considera procedente en derecho la prorroga solicitada por el Representante del Ministerio Público, atendiendo a lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, concediendo así el lapso de Quince 15 días el cual vence el día el 02-01-07 y, ASÍ SE DECIDE. Regístrese la presente decisión bajo el N° 3732-06. Librese copia Certificada del presente acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA DUODÉCIMA DE CONTROL,
DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
EL FISCAL (A) 46° DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. ALEXIS GERMAN PEROZO
EL IMPUTADO,
VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ
EL DEFENSOR PUBLICO 17 (S),
ABOG. EDWIN PARADA
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS CHIRINOS.
YMF/darmis.-
CAUSA N° 12C-7602-06.
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