REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 14 de Diciembre de 2006
195° y 147°
Decisión Nº 2246-06. Causa Nº 9C-1869-06
Vista la solicitud realizada por el Abogado NELSON GUANIPA, en su condición de Abogado Defensor del ciudadano imputado REINALDO VERA, en la que solicita Rueda de Reconocimiento actuando como testigo reconocedor la ciudadana ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL.
Este Tribunal para resolver observa lo siguiente:
Se le ha requerido al Ministerio Público el contenido de la investigación seguida por los hechos relacionados con el secuestro en la persona de ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL, y una vez recibida la misma se evidencia que el Ministerio Público al momento de decidir acerca de la petición de la defensa manifiesta que niega la misma por no encontrarse la reconocedora en el país por temor a represalias y que el Ministerio Público notificaría al Tribunal una vez que dicha ciudadana se encuentre en el país.
En este sentido se observa que la ciudadana ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL es la víctima en la presente causa y quien tiene y deberá tener durante todo el proceso especial interés en resolver el proceso donde aparece relacionada por el agravio sufrido en su persona. Ahora bien, resulta apropiado para la investigación la práctica de rueda de reconocimiento como DILIGENCIA DE INVESTIGACION, para soportar el acto conclusivo que a bien tenga presentar el Ministerio Público en su oportunidad correspondiente; por lo que se ordena la realización de la Rueda de Reconocimiento actuando como testigo reconocedor la ciudadana ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL y como imputado el ciudadano REINALDO VERA, en el tiempo que dure la investigación fiscal y una vez que la ciudadana ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL se encuentre en la ciudad de Maracaibo; en consecuencia se exhorta al Ministerio Público a los fines que trate de hacer venir a la referida ciudadana para poder practicar dicho reconocimiento. Y así se declara.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la petición hecha por el Abogado NELSON GUANIPA, en el sentido de que se ordena la práctica de diligencia de investigación consistente en la Rueda de Reconocimiento actuando como testigo reconocedor la ciudadana ANA KARINA VALBUENA SANDOVAL y como imputado el ciudadano REINALDO VERA, una vez que la ciudadana reconocedora se encuentre en la ciudad de Maracaibo dentro de la fase de investigación.
Regístrese la presente decisión y notifíquese a las partes.
EL JUEZ
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA SECRETARIA
DRA. MARIA EUGENIA PETIT
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el número 2246-06 y se ofició bajo el número 5436-06 al departamento de alguacilazgo.
LA SECRETARIA
DRA. MARIA EUGENIA PETIT
Exp.9C-1869-06
HCV
INV FISCAL. 24F10-1689-06
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