REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
SAN FRANCISCO, 07 DE DICIEMBRE DE 2006
196º y 147º
CAUSA N°: 8C-601-06.-
DECISIÓN: 1819-06.-
Por cuanto se observa que en varias oportunidades el tribunal ha citado al imputado ALEXANDER JUNIOR CONCHO CABRERA, a los fines de designar defensor que lo asista en la audiencia preliminar en virtud de acusación fiscal presentada en su contra y efectivas como fueron las Boletas de Notificación librada sin asistir el mismo al llamado del tribunal, es por lo que este Juzgado antes de resolver hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO
En fecha 19-07-06, se recibió el escrito de Acusación emanado de la Fiscalia para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, Abogada SANTA FRASCARELLA, en contra del imputado ALEXANDER JUNIOR CONCHO CABRERA, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA.
SEGUNDO
En fechas 20-07-06, 10-08-06 y 09-10-06 fue citado el mencionado imputado de autos, en virtud de que el mismo no poseía defensor que lo asistiera en los actos del proceso, las cuales se encuentran agregadas a la presente causa, siendo positivas las mismas.
TERCERO
Por cuanto hasta la presente fecha el mencionado imputado no ha comparecido ante este tribunal, a los fines de dar cumplimiento lo ordenado por el tribunal, se acuerda librar Orden de Aprehensión, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y remitirla con oficio a los órganos de seguridad del estado, para que una vez detenido deberá ingresar inmediatamente en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a la orden de este Tribunal, notificando a la mencionada Fiscalia del Ministerio Público y a este Tribunal, para posteriormente fijar nuevamente el acto de audiencia preliminar. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por los fundamentados antes expuestos este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO Zulia Decide librar Orden de Aprehensión, en contra del Ciudadano ALEXANDER JUNIOR CONCHO CABRERA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con oficio remitirla a los órganos policiales del Estado; por lo que una vez detenido deberá ingresar inmediatamente en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a la orden de este Tribunal, notificando a la mencionada Fiscalia del Ministerio Público y a este Tribunal, para posteriormente fijar nuevamente el acto de audiencia preliminar.
Regístrese, publíquese, certifíquese y notifíquese
LA JUEZ OCTAVO DE CONTROL,
DRA. DORIS NARDINI RIVAS.
LA SECRETARIA,
ABOG. INGRID GERALDINO.
En la misma fecha se registro la presente decisión en los libros de registros llevados por este Tribunal en el presente año, se oficio anexando Orden de Aprehensión.
LA SECRETARIA
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