República Bolivariana de Venezuela


Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 07 de Diciembre de 2006
196° y 147°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL (ART. 323 DEL C.O.P.P.)

CAUSA: 7C-6237-06 DECISIÓN N° 4405-06

JUEZ SUPLENTE: DRA. PATRICIA NAVA.

SECRETARIA: ABOGADA ERNESTO ROJAS.

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

MINISTERIO PÚBLICO: DRA. HAIDAIRY MOLINA, FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

IMPUTADO: JOSE BARBOZA.

DELITO: LESIONES.

VICTIMA: EGLEE MARIA TUA

DE LA AUDIENCIA ORAL
En el día de hoy, Jueves siete (07) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006), siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), día y hora fijados por este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia para celebrar la AUDIENCIA ORAL DE SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida por este Tribunal bajo el N° 7C-6237-06, en contra del imputado JOSE BARBOZA, por la presunta comisión del delito de LESIONES, en perjuicio de EGLEE MARIA TUA. Se constituyó el Tribunal, actuando como Juez Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, la ciudadana Dra. PATRICIA NAVA, en compañía del ciudadano Abogado ERNESTO ROJAS, actuando como Secretaria de este Tribunal. Verificada la presencia de las partes se puede constatar que se encuentran presentes, la ciudadana FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, DRA. HAIDAIRY MOLINA. Mas no se encuentran los ciudadanos JOSE BARBOZA, en su carácter de imputado y la ciudadana EGLLE TUA, en su carácter de victima, quienes fueron notificados por el Departamento de Alguacilazgo Acto seguido, el Ministerio Público solicita la palabra, la cual le es concedida, y en consecuencia expone: “Ratifico la solicitud de Sobreseimiento de conformidad a lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, es todo”.
Acto seguido, este Tribunal resuelve en los términos siguientes: Observa este Tribunal que en fecha 15-10-2002, la ciudadana Eglee Tua, manifiesta que su ex esposo JOSE BARBOZA, de manera reiterada la ha maltratado física y psicológicamente, asimismo en fecha 25-10-2002, rindió declaración el ciudadano JOSE BARBOZA, quien expuso que lo alegado por la denunciante carece de fundamento que su disgusto radica por la disputa de un apartamento que esta en fase de liquidación de la comunidad conyugal luego del divorcio; es por lo que desde el año 2001 no se recolectaron más elementos, y con lo que existen en actas no es suficiente para que el Ministerio Público pueda solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, por lo que le asiste la razón al Ministerio Público; y en consecuencia, SE DECRETA EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JOSE BARBOZA, por la presunta comisión del delito de LESIONES, en perjuicio de EGLEE MARIA TUA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 2º del Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.----------------------------------------
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley, SE DECRETA EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JOSE BARBOZA, por la presunta comisión del delito de LESIONES, en perjuicio de EGLEE MARIA TUA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 2º del Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley. Quedan las partes notificadas del contenido de esta decisión. Concluye el acto siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.). Termino se leyó y conformes Firman.-
LA JUEZ SEPTIMO DE CONTROL SUPLENTE

DRA. PATRICIA NAVA
LA FISCAL 6 DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. HAIDAIRY MOLINA.


LA SECRETARIA

ABOGADA ERNESTO ROJAS


En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el No. 4405-06.-



LA SECRETARIA

ABOGADA ERNESTO ROJAS