REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.

En el día de hoy, dieciocho (18) de diciembre del año dos mil seis, en horas de despacho, siendo la una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), día y hora previamente fijada por este Tribunal comisionado, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la SOCIEDAD MERCANTIL SIDERURGICA DEL TURBIO S.A. SIDETUR, contra LA SOCIEDAD MERCANTIL VENTA DE MERCANCIA C.A. “VENMERCA C.A.”.- Acto seguido este tribunal, se trasladó por solicitud e indicación del Apoderado Judicial de la parte actora Abogada en ejercicio MARIBEL LUZARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.669, a la siguiente dirección: avenida 27, No. 12-90, Muelle VENMERCA, específicamente donde funciona la Empresa de Importaciones; Exportaciones y Recuperaciones Navales, VENMERCA en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- Una vez Constituido este Tribunal en la dirección ante señalada se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: OMAR JESUS CHAVEZ, quien es mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-6.246.230 y de este domicilio, en su carácter de presidente de la empresa donde se encuentra constituido este Tribunal, según consta en documento Registrado por el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anotado bajo el No. 05, Tomo 8 A, de fecha 26-03-2003.- Este Tribunal le explico el motivo de su presencia y que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, podría hacerse acompañar de abogado de confianza en al ejecución de la presente medida.- En este estado el notificado expuso: solicito de este Tribunal me conceda un tiempo prudencial a fin de ubicar a mi abogado.- En este estado el Tribunal vista la solicitud del notificado provee lo solicitado y acuerda un tiempo de cuarenta y cinco minutos.- En este estado el Tribunal procede a dejar constancia que siendo las dos treinta minutos de la tarde, hizo acto de presencia el abogado JESUS ENRIQUE BELANDRIA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.767, con la finalidad de asistir al notificado en este acto.- En este estado el ciudadano: OMAR JESUS CHAVEZ, antes identificado y con la asistencia de auto expuso: “ Ofrezco en parte de pago un lote de Chatarra corta empacada, que estimamos en 50 Toneladas a un precio de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.350.000,00), por cada tonelada que suma en su totalidad DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 17.500.000,00) y una gabarra denominada GUASARE IV, la cual tiene un peso estimado de DE DOSCIENTAS (200) Toneladas a un precio de TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL BOLIVARES (Bs.326.000.00) por cada tonelada que suma en su totalidad la cantidad de SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 62.200.000,00), y si resultare la existencia de más toneladas tanto de la chatarra corta como de la chatarra que se obtenga de la gabarra, la toneladas adicionales serán pagadas a los mismos precios antes mencionados, según lo que arrojen el correspondiente pesaje, en el entendido de que la parte demandante se compromete a suministrar el oxigeno necesario al precio de SIDETUR para que la parte demandada corte la gabarra GUASARE IV, ofrecida en pago, el remanente una vez efectuado el pesaje correspondiente de la chatarra, será pagado en un plazo de Sesenta (60) días a partir del día 24-01-2007 y como quiera que se han despachado a la parte demandante un considerable porcentaje de chatarra, solicito que la parte demandante revise conmigo esos despachos a objeto de que sea imputado esos despacho como pago a la cantidad que convengo a pagar, que es de QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.550.000.000.00), mas el pago del oxigeno que suministrará la parte demandante.- Y como garantía de dicha obligación ofrezco los siguientes bienes muebles: 1) Una (1) grúa color amarillo, tipo industrial, marca BLH AUSTIN WESTERN, con un motor GM, Diesel, distinguido con los números H08A9D266, 5125-12, con sus respectivo brazo hidráulico y su pluma 2) Un (1) camión marca Chevrolet, Modelo C-60, color blanco, serial de carrocería numero C16DAAV218217, matriculado bajo el No. 275-BAZ, con una grúa tipo Batman hidráulica, para treinta (30) toneladas aproximadamente, montada en la plataforma del referido vehículo, 3) Un (1) montacarga color amarillo catarpillar, marca Yale, con un motor serial No. 2806830-7, 4) Una bomba centrífuga, color amarillo catarpillar, tipo industrial, marca Missión Mágnum, serial No. M34025 y un motor marca DUTZ, serial No. 4803250, correspondiente a la estructura de dicha bomba, 5) Un equipo de malacate, con su motor, marca GM Diesel, Color verde, serial No. 3A-.14402, y el malacate marca LUFKIN, serial No. 05581, con sus respectivas guayas y pateclas, 6) Una grúa periscópica, para treinta toneladas aproximadamente, color amarillo catarpillar, marca Coles, matriculada bajo el No. VAE-128, con un reductor DBS, con su respectivo motor de dos cuerpos, tipo camión y motores GM y Roll Royse, 7) Un camión marca Dogde color Beige, tipo plataforma, año 1975, tipo 600, matriculado bajo el No. 08F-KAK, serial de carrocería No. 9W360HP6387, 8) Un sistema computarizado compuesto por un monitor color negro, marca samsung, un CPC, un teclado marca TECH, y una impresora marca HP, modelo 1315, sin seriales visibles, 9) Un telefax marca Sharp, modelo UX-460, serial No. 97105980, 10) Un escritorio tipo ejecutivo, en madera revestida en formica en colores marrón y negro, con tres gavetas laterales, y una silla giratoria de metal y plástico color negro, con el asiento y el espaldar color negro, 11) Tres (3) sillas tipo recepción, montadas en rial de metal de hierro, con el asiento y el espaldar en tela color negro, 12) Dos (2) archivos de madera, revestida en formica color negro y marrón, con cuatro gavetas cada uno, 13) Una fotocopiadora, color gris, marca XEROX, modelo 5614, sin serial visible, 14) Un acondicionador de aire, marca MaytaG, sin serial visible, 15) Un escritorio tipo ejecutivo, en madera revistada en formica color gris claro, y dos sillas tipo ejecutiva giratorias, una de estas color negro y la otra color gris, 16) Un sistema computarizado compuesto por un monitor marca AOC, un teclado marca Dell, un Mouse marca TECH, seriales Números 0BS474751368, 122659-008, 3882B424 y 3PWL001, 17) Un modulo de madera color negro, de cuatro entrepaños en madera revestida en formica color negro, 18) Un escritorio tipo ejecutivo, en madera revestida en formica colores negro y marrón, con una silla tipo ejecutiva giratoria, de metal y plástico color negro, forrada en semicuero color negro, 19) Un sistema computarizado, compuesto de un monitor marca MX TECH, un teclado marca genius, un Mouse marca genius, un cpu marca X Blade y una impresora marca Lexmarck, modelo 1150, seriales Números 5005L-5AK21810039225W, 2M4217100207, y 270610698012004/02 respectivamente. Y en función del ARTÍCULO 11 de La ley de Depósito Judicial solicito a la parte demandante me deje como guardador especial de los bienes aquí ofertados en garantía. Asimismo solicito que el camión marca Dogde color Beige, tipo plataforma, año 1975, tipo 600, matriculado bajo el No. 08F-KAK, serial de carrocería No. 9W360HP6387, pueda salir del perímetro del local que le sirve de guarda y custodia.- Es todo.--En este estado el Apoderado Judicial de la parte actora expuso: “Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada con la asistencia de autos, por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.550.000.000,00) en todo y cada uno de los términos ofrecidos, en caso de no dar cumplimiento a lo pautado en actas será ejecutada dicha medida por SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 750.000.000.00). Asimismo acepto que los bienes ofrecidos en garantía por la parte demandada queden bajo la guarda y custodia del mismo.- Ambas partes, solicitan al Tribunal de la causa homologue el presente convenimiento y lo pase de carácter de cosa juzgada y se abstenga de archivar el expediente hasta el total cumplimiento de la obligación.- Asimismo solicitamos de este Tribunal se abstenga de ejecutar la presente comisión y remita la misma al Tribunal comitente a los efectos de ley, es todo.- En este estado este Tribunal vista la solicitud de las partes se abstiene de ejecutar la presente medida y acuerda remitir la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa a los efectos de ley, concluyó el acto siendo las cuatro y treinta de la tarde, cumplimiento este Tribunal ejecutor con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en referencia a la Gratuidad de la Justicia artículo 254 y 26, segundo aparte de la norma citada, dando fe de esto las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

EL NOTIFICADO Y PARTE DEMADADA Y SU ABOGADO ASISTENTE,

EL EJECUTANTE,






LA SECRETARIA TEMPORAL,


BELKIS GONZALEZ JAIMES