• En horas de despacho del día de hoy 01 de Diciembre del año dos mil seis, siendo las 10:00 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la Empresa “N&V Consultores, C.A”, ubicada en la calle 67 (Cecilio Acosta), edificio Leomara Nro 11-116, local 3 planta baja del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 03.- Con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana KATTY MARISOL GOMEZ PARRA, portadora de la Cédula de Identidad No. 10.452.007, actuando en representación de sus hijos: LUIS EDUARDO, EMANUEL ENOC, ROGER LUIS Y LUIS ENRIQUE VILLAMIZAR GOMEZ en contra el ciudadano LUIS FERNANDO VILLAMIZAR POLANCO, portador de la Cédula de Identidad No. 8.509.394.- En este estado presente el ciudadano (a): DARCY JIMENEZ, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 10.166.758, quien se identificó con el carácter de: COORD DE REC HUMANOS.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVA: sobre los siguientes conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del salario que devenga el ciudadano LUIS FERNANDO VILLAMIZAR POLANCO, portador de la Cédula de Identidad No. 8.509.394, quien labora como Técnico Electricista de la Empresa “N&V Consultores, C:A” .- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de horas extras.-C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las Utilidades, o remuneración especial de fin de año .- D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las vacaciones o bono vacacional E) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes. F) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorros y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C, D, E” deberán ser entregadas directamente a la demandante ciudadana KATTY MARISOL GOMEZ PARRA, portadora de la Cédula de Identidad No. 10.452.007, o remitirlas al Juzgado de la causa y las retenidas en el literal “F” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA No 03. EXP: 8392.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Funcionario de esta Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:05 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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