REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

El día de hoy, 20 de diciembre del año Dos Mil Seis(2006), siendo las 10:55 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de PENSION DE ALIMENTO, seguido por la Ciudadana: YAJAIRA DEL VALLE MEJIAS MATA, Titular de la cedula de identidad N° V- 8.396.574 a favor de (l) los niño (s) y/o adolescentes: HERIKSON, HENESIS Y HENDRY BOSCAN MEJIAS, en contra del ciudadano: HECTOR LUIS BOSCAN LOPEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°V- 4.664.336 por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CIUDAD OJEDA y para lo cual fue Exhortado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora YAJAIRA DEL VALLE MEJIAS MATA, antes identificada y asistida en este acto por la abogada en ejercicio Nelly ciucas, Titular de la cedula de identidad N° V-se trasladó y constituyó este Organo Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa PERFORACIONES DELTA ubicada en la carretera “L” entre avenidas 32 y 33 frente a la ferreteria el principe ciudad ojeda municipio lagunillas del Estado Zulia.-