REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 4305
En el día de hoy veinte (20) de Diciembre de 2.006, siendo las once y cincuenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa SCHLUMBERGER VENEZUELA SOCIEDAD ANONIMA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana ROXMERYS DEL CARMEN REYES DE CABRERA, titular de la cedula de identidad Nº V-12.845.847 en contra del ciudadano ROGER ANTONIO CABRERA GUZMAN, titular de la cedula de identidad Nº V-E.82.008.569. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Adriana Rincón, titular de la cédula de identidad N°15.158.405, en su Asistente de Relaciones Laborales. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, abogado en ejercicio MARIELA SANTELIZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 87.904, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa.