REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4302
En el día de hoy veinte (20) de Diciembre de 2.006, siendo las once y veinte minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa BJ Services de Venezuela, C:C.P.A., ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTO, seguido por la ciudadana EVA JOHANNA SCHWARTASKY DE FRAMILIO titular de la cédula de identidad N° V-11.946.393, en contra del ciudadano DANNY JOSE FRAMILIO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.250.626. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano THOMAS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 10.207.110, en su condición de Coordinador De Recursos Humanos. En este estado presente la ciudadana EVA JOHANNA SCHWARTASKY DE FRAMILIO, antes identificada, asistida en este acto por el abogado en ejercicio GERMAN E. ULLOA expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.