ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-001129
DEMANDANTES: ALICIAGNIS PEREIRA, MARÍA VASQUEZ y RUBEN LOZANO.
APODERADA ACTORA: Abog. MARÍA URRIBARRI.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA ANGELA C.A.
APODERADA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA ANGELA C.A.: Abog. YANELYS NAVA.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES,

Hoy, catorce (14) de diciembre de 2006, siendo las 12:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los demandantes ciudadanos ALICIAGNIS PEREIRA, MARÍA VASQUEZ y RUBEN LOZANO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.507.001, 7.978.371 y 7.804.604 respectivamente. Asimismo se encuentra presente la ciudadana Abogada YANELYS NAVA, quien tiene el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA ANGELA C.A., dándose así inicio a la audiencia; Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo se difiere el archivo del expediente, hasta tanto no conste en actas el pago total de las cantidades acordadas en la precitada Acta Transaccional, pudiendo servir ésta última como titulo ejecutivo exigible. Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria


Las Partes