REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 04 de Agosto de 2006.-
196º y 147º
Decisión N° 234 -2006.- Solicitud N° CO1.1342.2006.-

Vista la solicitud de Orden de Allanamiento presentada por la ciudadana Abogada YENNYS DIAZ MARTINEZ, en su condición de Fiscal Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Zulia, para ser practicada por Funcionarios adscritos a la Base de Contrainteligencia N° 302 (DISIP) Santa Bárbara de Zulia, en un inmueble que se encuentra ubicado en la calle 5, con Independencia, específicamente localizada en una esquina, diagonal a las Empresas comerciales Refrigeradora Sur del Lago y M y H, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, el cual tiene las siguientes características: Una casa con el N° 90, con fachada de color verde, con columnas (pilares) de color marrón, una puerta de madera deteriorada de color blanco, con un afiche de color amarillo y rojo, donde residen los ciudadanos ALBERTO MANUEL CAMARILLO SANCHEZ, alias “ EL CHICHO” y LENIS ANTONIO CASANOVA, lugar donde se presume existe Venta y Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Este Tribunal, por cuanto observa que dicha Orden de Allanamiento, cumple con lo preceptuado en los artículos 210 y 211 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, autoriza la entrada y registro del referido inmueble, el cual será practicado por Funcionarios adscritos a la Base de Contrainteligencia N° 303 (DISIP), Santa Bárbara de Zulia, quienes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de1 referido Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 202 Ibidem. Expídase la respectiva Orden de Allanamiento, la cual tendrá una duración de Siete (07) días, todo de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 211 del Código Orgánico Procesal Penal.-

El Juez,

Dr. JOSE LUIS MOLINA MONCADA
La Secretaria,

Abog. LIXAIDA MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se cumple con lo acordado y se expide la respectiva Orden bajo Oficio N° 1203-2006.-
La Secretaria,

Abog. LIXAIDA MARIA FERNANDEZ FERNANDEZ.